-->

viernes, 20 de marzo de 2020

CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES SON IMPROCEDENTES CONTRA LA ADMISIÓN DE RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS ANTE EL INAI









No. 048/2020

Ciudad de México, a 3 de marzo de 2020


CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES SON IMPROCEDENTES CONTRA LA ADMISIÓN DE RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS ANTE EL INAI

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, declaró improcedentes tres controversias constitucionales promovidas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), contra la admisión a trámite de recursos de revisión por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Los recursos de revisión fueron interpuestos en contra de respuestas que el INEGI proporcionó a solicitudes de información formuladas por particulares a través de la plataforma nacional de transparencia. En desacuerdo con la admisión de dichos recursos, el INEGI promovió controversias constitucionales en las que alegó que el INAI invadió su competencia, así como su autonomía prevista en el artículo 26, apartado B, de la Constitución General. No obstante, una mayoría de Ministras y Ministros consideró que la controversia constitucional es improcedente contra los acuerdos de admisión de este tipo de recursos.

Controversia constitucional 9/2019, promovida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en contra del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez del auto de 26 de noviembre de 2018, por el que se admitió a trámite el recurso de revisión RRA 8592/18.

Controversia constitucional 242/2019, promovida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en contra del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez del acuerdo de 3 de junio de 2019, por el cual admitió a trámite el recurso de revisión 5998/2019.

Controversia constitucional 112/2019, promovida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en contra del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez del acuerdo de admisión de 28 de enero de 2019, del recurso de revisión RRA 0630/19.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.

Tags :

Logo | Grupo Serco Cancún México

Grupo Serco

Conócenos mejor

Somos una consultora especializada en temas de Auditorías, Soluciones Fiscales, Soluciones Legales y Servicios de contabilidad y finanzas.

  • Grupo Serco
  • Enero del año 2000
  • Cancún, Mexico, Zafiro No. 23 Depto B Residencial Pedregal, CP 7753, Región 506 - El Pedregal
  • coadmon1@hotmail.com
  • +52 998 914 8054

Publicar un comentario