CREDITOS FISCALES, PAGO DIFERIDO O EN PARCIALIDADES. EL ARTICULO 66 DEL CODIGO FISCAL FEDERAL CONCEDE A LA AUTORIDAD. UNA POTESTAD DE CONTENIDO DISCRECIONAL PARA AUTORIZARLO
Octava Epoca
Instancia: Tribunales Colegiados
de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la
Federación
Tomo: III, Segunda Parte-1, Enero
a Junio de 1989
Página: 239
CREDITOS FISCALES, PAGO DIFERIDO
O EN PARCIALIDADES. EL ARTICULO 66 DEL CODIGO FISCAL FEDERAL CONCEDE A LA
AUTORIDAD. UNA POTESTAD DE CONTENIDO DISCRECIONAL PARA AUTORIZARLO. El artículo
66 del Código Fiscal de la Federación concede a las autoridades administrativas la
potestad de autorizar a los contribuyentes el pago diferido o en parcialidades
de un crédito fiscal, potestad que es de contenido discrecional no reglado por
cuanto el legislador no obliga a las destinatarias de la norma a conceder dicha
autorización en todos los casos en que se solicite por los particulares ni
tampoco fija los requisitos cuyo cumplimiento provocaría de manera forzosa su
otorgamiento. Del ejercicio de esta potestad de contenido discrecional
-librado a la voluntad de la administración- nacerá, a través de la celebración
de un negocio jurídico, la susodicha autorización para el particular y su
correlativo derecho a pagar en forma diferida o en parcialidades el crédito
fiscal a su cargo. Pero, claro está, aun cuando las autoridades gocen de la
libertad de decidir cuándo y cómo procede autorizar el pago con estas
modalidades la norma no concede a la autoridad una libertad absoluta, irrestricta,
de ejercicio no censurable ni tampoco la constriñe a actuar en total desacato a
los principios generales reguladores del ejercicio de facultades
discrecionales, pues ello sería inadmisible en un estado de derecho como el
nuestro.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN
MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 413/89. Hospital
Santelena, S. A. 27 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro
David Góngora Pimentel. Secretaria Adriana Leticia Campuzano Gallegos.
Tags : discrecionalidad para pago en parcilidades pago en parcialidades
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